AUDITORIA CONTABLE EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS (S.A)
- REVISTA SERNOT
- 16 jul 2022
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 13 oct 2022
A la Luz de la nueva Ley de sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada y sus modificaciones
La nueva normativa corporativa en la Rep. Dom., establece con especial atención, la presentación de un informe anual de gerencia, ha ser presentado de forma obligatoria todos los años ante la ASAMBLEA ORDINARIA ANUAL. El contenido de dicho informe debe abarcar los factores internos y externos de la entidad, exigiendo especial atención a su situación financiera. Veamos;
…Los administradores o los gerentes, al cierre de cada ejercicio, sancionarán los estados financieros de la sociedad y prepararán el informe de gestión anual para el ejercicio transcurrido. Párrafo I.- Sin que esta enunciación sea limitativa, este informe de gestión anual deberá contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Estados financieros. 2) Una exposición detallada de la evolución de los negocios y la situación financiera y resultado de operaciones de la sociedad;… Art. 39 Ley 478-08 Mod. Ley 31-11
La Ley no deja al azar el cumplimiento de estos requerimientos, ella responsabiliza directamente a quienes deben garantizar el cumplimiento de estas exigencias, estableciendo además su correspondiente sanción, las cuales son económicas y de tipo penal según el caso. Veamos; En las sociedades anónimas, el presidente o el ejecutivo principal y el ejecutivo principal de finanzas; en las demás sociedades comerciales, el gerente, serán responsables de que la información financiera sea razonable. Párrafo I. Estos representantes o ejecutivos, según sea el caso, deberán prestar una declaración jurada de su responsabilidad sobre los estados financieros, el informe de gestión y el control interno de la sociedad. Tal declaración deberá incluir las siguientes aseveraciones: a) Que han revisado la información financiera contenida en el informe de gestión y en los estados financieros; b) Que en base a su conocimiento, los estados financieros y otras informaciones financieras no contienen ninguna declaración falsa de un hecho significativo ni omite declaraciones, hechos o circunstancias que permitan hacer estas declaraciones; y c) Que basado en su conocimiento, los estados financieros y otras informaciones incluidas en el informe de gestión, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en los flujos de efectivo de la sociedad por los períodos presentados… Art. 43 Ley 478-08 Mod. Ley 31-11 Este informe anual de gerencia, tiene un componente vital, proviene de la auditoría contable exigida e impuesta por la Ley para las sociedades anónimas, con el objeto de crear un auto control normativo e instituciones solidas y fuera de toda sospecha des regulatoria. Las auditorias están comprendidas de forma imperativas para las sociedades anónimas, por el carácter especial de estas sociedades a las cuales la Ley las privilegia con facilidades de captación de recursos, emisión de títulos financieros ect. (Ver diferencia en las sociedades de suscripción pública o privada) La auditoria como mecanismo para detectar el grado de transparencia y de idoneidad en el manejo de recursos económicos en los distintos procesos administrativos y financieros, ha sido llamada por la Ley a jugar un papel estelar en el proceso de fortalecimiento en las instituciones que interactúan con la riqueza en sociedad y muy especialmente en el vehículo societario de las sociedades anónimas. Veamos; Durante los quince (15) días que precedan a la asamblea general ordinaria anual, cualquier accionista que lo solicite tendrá el derecho a obtener comunicación de:
a) Los estados financieros auditados;…Art. 201 Ley 478-08 Mod. Ley 31-11
…Serán sancionados con la misma pena dispuesta en el artículo anterior, sin perjuicio de que el juez pueda ordenar la entrega inmediata de los documentos objeto del presente artículo, el presidente, los administradores de hecho o de derecho o los funcionarios responsables de una sociedad anónima, que no hayan comunicado o puesto a disposición de cualquier accionista: a) Durante el plazo de quince (15) días que preceda a la reunión de la asamblea general ordinaria anual, los documentos enunciados en el Artículo 201 de esta ley;… Art. 484 Ley 478-08
Soy de opinión, que el informe de gestión presentado mediante ASAMBLEA ORDINARIA (cuya celebración es obligatoria para todas sociedades comerciales en la fecha de su cierre fiscal anual), dicho informe este soportado conforme manda la Ley, especialmente: 1ero.- DEL ESTADO FINANCIERO. 2do.- INFORME DEL COMISARIO DE CUENTAS. 3ero. DE LA AUDITORIA., los demás puntos hacer presentados tienen su importancia pero estos representan los de mayor atención de la Ley, al grado de establecer serias sanciones a su incumplimiento, ellas van desde condenas de carácter económico, hasta prisión o privación de libertad como sanción.
Tal es el caso, que los miembros de la sociedad, que impidan el desarrollo de estas diligencias impuestas por el legislador serán sancionados.
Veamos;
El presidente, los administradores de hecho o de derecho, o los funcionarios de una sociedad anónima que impidan u obstaculicen las investigaciones destinadas a establecer su propia responsabilidad o la de los ejecutivos, en la gestión de la sociedad, serán sancionados con prisión de hasta un (1) año…
El presidente, los administradores de hecho o de derecho, los funcionarios responsables o cualquier persona al servicio de la sociedad que hayan puesto obstáculos a las verificaciones o los controles de los comisarios de cuentas o de los expertos nombrados en ejecución de la presente ley; o que les hayan negado la comunicación, de cualesquiera piezas útiles para el ejercicio de su misión y especialmente de cualesquiera contratos, documentos contables y registros de actas, serán sancionados, Artículo 490. (Modificado por la ley 31-11, del 8 de febrero de 2011).-
Pienso además, que la mayoría de Presidentes y miembros del consejo de administración de una sociedad anónima, en la práctica no tienen conocimientos técnicos sobre auditoría contable, sin embargo la Ley pone sobre sus hombros la misión de ajustarse a los estándares de auditoría. Considero prudente, cumplir con esta imposición de la Ley, negarse a ello, es asumir por omisión responsabilidades penales y civiles establecidas.
En conclusión: La Ley impone la ejecución de las auditorias contables para las sociedades anónimas, adjunto a la presentación del informe anual de gerencia, conjuntamente con el estado financiero.
Muy atentamente;
Luis B. Then R.
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